Canal ético
Última actualización: 29 de agosto de 2026.
1. ¿Qué es el canal ético?
El canal ético de Impulso Tecnológico es el cauce habilitado para recibir y gestionar comunicaciones confidenciales. Cuando una comunicación entra en el ámbito de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, se aplican las garantías y plazos previstos por dicha norma.
Es el cauce para comunicar, de buena fe y de forma confidencial, cualquier conducta o hecho que pueda ser constitutivo de:
- Infracciones del Derecho de la Unión Europea.
- Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
- Vulneraciones del Código Ético interno o de las políticas de cumplimiento de Impulso Tecnológico.
- Casos de acoso laboral, sexual, discriminación o cualquier conducta contraria a los principios de la empresa.
2. ¿Quién puede usar el canal?
- Empleados, becarios y voluntarios actuales o que lo hayan sido.
- Personas que estén en proceso de selección o negociación precontractual.
- Autónomos que presten servicios a la organización.
- Accionistas y miembros de los órganos de administración.
- Contratistas, subcontratistas y proveedores.
3. ¿Cómo puedo enviar una comunicación?
Tienes las siguientes vías a tu disposición:
- Correo electrónico: ethics@impulsotecnologico.com.
- Correo postal: Impulso Tecnológico S.L. — Responsable del Sistema Interno de Información, Calle Delmira Agustini 5, local 4, 28021 Madrid – España, en sobre cerrado marcado como "CONFIDENCIAL — CANAL ÉTICO".
- Reunión presencial: a petición del informante, dentro de los 7 días siguientes a la solicitud.
Puedes comunicar sin incluir tu identidad. Ten en cuenta que el correo electrónico puede incorporar metadatos del remitente; si necesitas evitar ese dato, utiliza correo postal sin identificación. La identidad facilitada se tratará de forma confidencial y con acceso restringido.
4. Garantías para el informante
Las protecciones legales se aplican cuando se cumplen el ámbito y los requisitos de la Ley 2/2023.
- Confidencialidad. La identidad del informante no se revelará a personas no autorizadas, salvo obligación legal en el marco de una investigación judicial.
- Prohibición de represalias. Quien comunique de buena fe queda protegido frente a cualquier represalia laboral o profesional (despido, suspensión, modificación sustancial de condiciones, evaluaciones negativas, etc.).
- Medidas de apoyo. El informante podrá solicitar las medidas previstas en la Ley 2/2023 ante la autoridad competente cuando resulten aplicables.
- Tratamiento de datos. Los datos personales se tratan conforme a la política de privacidad y se conservarán durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de la denuncia, con un máximo de 3 meses desde la recepción salvo apertura formal de expediente.
5. Procedimiento
- Acuse de recibo en un plazo máximo de 7 días naturales desde la recepción de la comunicación.
- Análisis preliminar de admisibilidad. Si la comunicación se admite a trámite, se abre expediente.
- Investigación interna con todas las garantías de imparcialidad, audiencia y defensa.
- Conclusión y respuesta al informante en un plazo máximo de 3 meses (prorrogable hasta 6 en casos complejos), conforme al art. 9 de la Ley 2/2023.
6. Gestión del canal
Las comunicaciones se dirigen al contacto indicado a continuación. Su acceso y tramitación quedan restringidos al personal autorizado y deben preservar la confidencialidad, la imparcialidad y el derecho de defensa.
- Contacto del canal: ethics@impulsotecnologico.com
7. Canal externo y autoridades
Adicionalmente, todo informante puede dirigirse directamente a los canales externos previstos por la legislación:
- Canal externo seguro de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.), cuando sea competente.
- Autoridad autonómica competente, en su caso.
- Instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.